Compartir información en Internet sin Comprometer la privacidad

Internet es un escaparate inmenso: lo que cuelgas ahí puede verlo tu vecina, un curioso del otro lado del mundo o un buscador automático que lo indexa para siempre. Y claro, cuando hablamos de datos personales, la cosa se complica. ¿Qué pasa si una administración pública publica en su web documentos con nombres, direcciones o incluso sanciones? Pues que entra en juego la protección de datos.

La Autoritat Catalana de Protecció de Dades (APDCAT) lo dejó claro en una de sus recomendaciones: sí se puede publicar información en la red, pero con cabeza. La transparencia no significa barra libre. Vamos a ver las claves en un lenguaje más claro que el legal.

Publicar solo lo necesario

La primera norma es casi de sentido común: no se trata de publicar “por si acaso”. Antes de subir cualquier documento hay que preguntarse:

  • ¿Es legal hacerlo?

  • ¿Son imprescindibles esos datos para el objetivo?

  • ¿Durante cuánto tiempo tienen que estar disponibles?

La regla de proporcionalidad manda: menos es más. Cuantos menos datos personales, menor es el riesgo de exponer a alguien.

Consentimiento, seguridad y responsabilidad

Si hablamos de datos delicados como imágenes, voces, sanciones o información médica, hay dos opciones: o la persona lo consiente, o existe una norma que lo autoriza. No vale el “todo el mundo lo hace”.

Además, publicar en Internet implica asegurar la información: limitar quién puede verla, controlar cuánto tiempo permanece visible y, sobre todo, evitar que Google u otros buscadores indexen listados con datos personales que luego son imposibles de borrar.

Situaciones habituales

  • Actas de plenos o reuniones: sí se pueden publicar, pero sin detalles que identifiquen a personas (direcciones, teléfonos).

  • Infracciones y sanciones: deben aparecer anonimizadas, salvo obligación legal en contrario.

  • Foros y blogs públicos: conviene moderarlos, porque la gente a menudo deja datos personales sin pensar.

Boletines oficiales y buscadores

Los diarios oficiales son un caso especial: su función es dar publicidad legal a normas y actos administrativos. Pero incluso ahí se aplican las reglas de privacidad: publicar solo lo justo, durante el tiempo necesario y siempre facilitando a los ciudadanos que ejerzan sus derechos (acceso, rectificación, cancelación, oposición).

Y ojo con los buscadores: si un documento se indexa en Google, puede quedar accesible años después de que haya perdido toda vigencia. Por eso se recomienda configurar las webs para limitar ese rastreo automático.