El Tribunal Supremo ha zanjado el reparto del Impuesto sobre Actividades Económicas de la refinería de Repsol y ha reconocido a La Pobla de Mafumet el derecho a cobrar casi todo el tributo que genera el complejo petroquímico. La sentencia, dictada el 21 de abril, cierra el litigio que mantenían este municipio, Constantí y Perafort.
La resolución deja una diferencia muy amplia entre la superficie que ocupa la instalación en los tres términos municipales y el reparto efectivo del ingreso. Aunque Constantí concentra un 16,5% del complejo y Perafort un 3,3%, ambos ayuntamientos apenas sumarán algo más de 131.000 euros al año frente a los más de 2,3 millones que ingresará La Pobla de Mafumet.
El Supremo atribuye a La Pobla de Mafumet 2,3 millones del tributo
La recaudación anual global del impuesto asciende a 2,4 millones de euros. De esa cantidad, La Pobla de Mafumet ingresará más de 2,3 millones al año, el 94,63% del total.
Constantí percibirá 109.411 euros anuales, el 4,47%, mientras que Perafort recibirá 21.951 euros, el 0,90%. El fallo corrige así el criterio que había avalado previamente el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.
Las instalaciones de la multinacional se extienden sobre un 80,1% del término municipal de La Pobla de Mafumet, un 16,5% en Constantí y un 3,3% en Perafort. Esa distribución territorial había sostenido hasta ahora la discusión sobre si el tributo debía repartirse en proporción a la superficie ocupada en cada municipio.
La sentencia impone una liquidación única del coeficiente de situación
El Alto Tribunal concluye que la Ley de Haciendas Locales fija un sistema de liquidación única para el coeficiente de situación del impuesto. Eso significa que ese multiplicador solo puede cobrarlo el ayuntamiento donde se encuentra la mayor parte de la instalación industrial.
En este caso, La Pobla de Mafumet fijó un coeficiente de situación de 3,7. A ello se suma el coeficiente de ponderación por volumen de negocio, que incrementa la cuota base un 35% y eleva la recaudación final por encima de los dos millones de euros.
La interpretación del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya había ido en otra dirección al admitir un reparto proporcional por superficie y la aplicación de coeficientes municipales independientes. El Supremo revierte ahora ese criterio y deja cerrado el conflicto entre los tres ayuntamientos.
Constantí pide cambiar la ley tras perder el litigio
Óscar Sánchez, alcalde de Constantí y dirigente del PSC en el municipio, expresó su rechazo a la resolución y vinculó la decisión al impacto que también soporta su término municipal por la actividad del complejo.
"Tenemos una parte del complejo y nos vemos influenciados por su actividad. La resolución es una mala noticia" - Óscar Sánchez, alcalde de Constantí
Después del fallo, el pleno del ayuntamiento de Constantí aprobó una moción para reclamar al Ministerio de Hacienda y Función Pública una modificación legal. El objetivo de la iniciativa pasa por que el reparto del tributo se haga de forma proporcional entre los municipios afectados por las instalaciones petroquímicas.
La moción de Constantí plantea que el Ministerio de Hacienda y Función Pública cambie la norma para que el impuesto se distribuya según la parte del complejo que queda dentro de cada término municipal.