El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha confirmado que un vecino de La Pobla de Cérvoles debe pagar 59.400 euros en multas por edificar sin licencia en suelo protegido.
La sentencia ratifica la sanción administrativa tras anular las órdenes de derribo y reducir la cuantía inicial de 91.400 euros impuesta en 2021. Los magistrados consideran prescritas parte de las infracciones urbanísticas detectadas en la partida de Les Foradades.
La administración sustituye el derribo por sanciones económicas
La conselleria de Territorio modificó su resolución original al verificar que algunas construcciones no estaban finalizadas o se hallaban en curso. En lugar de ordenar la demolición total, optó por imponer multas proporcionales a cuatro edificaciones irregulares.
El conjunto ilegal incluye una vivienda de 113 metros cuadrados, dos almacenes que suman 111 metros cuadrados y otro edificio auxiliar de 52 metros cuadrados. Todas estas estructuras se alzaron en una zona clasificada como espacio abierto de protección preventiva.
Esta calificación territorial restringe severamente la edificabilidad. El Plan Territorial de Ponent solo permite construir si la obra está vinculada a una explotación agraria real.
La finca no cumple los requisitos agrícolas exigidos
La normativa exige que la propiedad cuente con diez hectáreas de cultivo o treinta de suelo forestal por cada vivienda autorizada. La parcela del sancionado tiene una superficie total de 5,07 hectáreas, muy por debajo del mínimo legal.
Además, el propietario ya no ejerce la actividad agrícola. Este hecho elimina cualquier posible justificación para las construcciones bajo la excepción de utilidad agraria que contempla la ley.
"Las obras son anteriores a 2007 y a la entrada en vigor del Plan Territorial de Ponent" - Propietario de la finca, recurrente ante el TSJC
El afectado recurrió la sanción alegando que las infracciones habían prescrito al ser anteriores a la aprobación del plan territorial. Sin embargo, el tribunal desestimó este argumento al mantener la vigencia de la normativa urbanística básica.
La resolución judicial deja abierta la vía del recurso ante el Tribunal Supremo. La instancia superior podría modificar la resolución actual si acepta estudiar el caso.