La Audiencia suspende el ingreso en prisión por agresión sexual a un condenado en Tremp

La Audiencia de Lleida resolvió dos causas de agresión sexual en una jornada y suspendió la prisión a un condenado en Tremp tras un acuerdo, mientras aplazó otra vista por la ausencia de la víctima.

23 de mayo de 2026 a las 18:31h
La Audiencia suspende el ingreso en prisión por agresión sexual a un condenado en Tremp
La Audiencia suspende el ingreso en prisión por agresión sexual a un condenado en Tremp

La Audiencia de Lleida condenó a dos años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a la hija de su pareja en Tremp, después de que el acusado reconociera los hechos en un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa. El tribunal dictó sentencia in voce y suspendió el ingreso en prisión al no constarle antecedentes penales.

La resolución deja una paradoja inmediata en el mismo órgano judicial. Mientras una causa quedó cerrada con condena y reconocimiento de los hechos, la Audiencia tuvo que suspender otro juicio por abusos sexuales a la hija de una pareja en Lleida porque la víctima no compareció.

El condenado en Tremp evitó la cárcel tras admitir los tocamientos de agosto de 2024

Los hechos por los que fue condenado ocurrieron en agosto de 2024 en el domicilio familiar de Tremp. Allí, el procesado realizó tocamientos a la víctima, que tenía 19 años.

El acuerdo entre las partes rebajó la petición inicial de la Fiscalía, que pasó de tres a dos años de prisión. La Audiencia aceptó esa conformidad y acordó suspender la pena de prisión durante tres años con la condición de que el condenado no vuelva a delinquir en ese periodo y complete un programa educativo de educación sexual.

Además de la pena principal, la sentencia mantiene una orden de alejamiento. El condenado no podrá acercarse a menos de 100 metros de la víctima ni comunicarse con ella durante cinco años.

La resolución añade también cinco años de libertad vigilada y siete de inhabilitación para ejercer cualquier trabajo que implique contacto directo con menores. Ese conjunto de medidas seguirá vigente aunque la pena de prisión haya quedado suspendida.

La Audiencia aplazó otro juicio en Lleida por la ausencia de la víctima

En la misma Audiencia, otro procedimiento por delitos sexuales contra la hija de una pareja quedó aplazado. El juicio se suspendió por la no comparecencia de la víctima.

En esta segunda causa, los hechos imputados habrían ocurrido entre junio de 2020 y junio de 2021 en el domicilio familiar de Lleida. La acusación sostiene que el procesado aprovechaba las visitas de la menor, entonces de 13 años y bajo tutela, a su madre.

La Fiscalía y la acusación de la Generalitat atribuyen al acusado un delito continuado de agresión sexual. En ese procedimiento piden cinco años y un día de prisión y una indemnización de 6.000 euros para la víctima.

El contraste entre ambos asuntos dejó en una misma jornada dos desenlaces opuestos en la Audiencia de Lleida, con una sentencia dictada tras la conformidad del acusado por los hechos de Tremp y la suspensión de la vista prevista por un caso ocurrido en la capital del Segrià.

En el caso ya sentenciado, la prohibición de trabajar con menores se prolongará durante siete años y la orden de alejamiento seguirá activa durante cinco.

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