El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado la condena a dos acusados por agredir y herir a un hombre en la colina de la Seu Vella de Lleida, en unos hechos ocurridos el 5 de mayo de 2021 en la plaza Sardana. La resolución ratifica íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia de Lleida, que impuso a ambos 3 años, 6 meses y un día de prisión por un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso y con abuso de superioridad.
La agresión se produjo cuando la víctima se encontraba con unos amigos. El primero de los condenados lo cogió por el cuello y empezó a golpearlo, mientras otras personas se sumaban al ataque. El segundo acusado también participó en la agresión. Durante el episodio, el hombre recibió heridas con un objeto puntiagudo en el cuello y en el abdomen.
Intentaron arrojarlo por un muro
La resolución judicial da por acreditado que los agresores intentaron tirar a la víctima por un muro. El hombre consiguió escapar y fue trasladado al hospital Arnau de Vilanova de Lleida, donde tuvo que ser intervenido quirúrgicamente a consecuencia de las lesiones sufridas.
La Fiscalía había acusado a los dos hombres de un presunto delito de intento de homicidio y solicitaba para cada uno de ellos una pena de 9 años de prisión. Sin embargo, la Audiencia de Lleida los condenó finalmente por lesiones agravadas, una calificación que ahora ha sido avalada por el TSJC.
El TSJC avala la participación de ambos condenados
El alto tribunal catalán considera acreditada la participación de los dos acusados en la agresión a partir del relato del perjudicado, así como de las declaraciones de agentes policiales y testigos. También confirma la concurrencia de abuso de superioridad, al entender que la actuación del grupo dejó a la víctima en una situación sin opciones de defensa.
Además de la pena de prisión, el TSJC mantiene la prohibición de acercarse a la víctima durante cinco años. También confirma el pago conjunto de una indemnización de 8.760 euros. Las costas de la apelación han sido declaradas de oficio.
La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no es firme y todavía puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.