El Consejo General del Poder Judicial ha sancionado con una multa de 500 euros a un magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Tarragona. La resolución considera que el juez cometió una falta leve por retrasar la tramitación de procedimientos judiciales.
La pendencia se triplicó en tres años
El expediente disciplinario se abrió cuando el magistrado acumulaba 296 sentencias pendientes de resolución. Esta cifra contrasta con las 86 causas sin resolver que figuraban en su registro durante mayo de 2022. El órgano inspector detectó un abandono selectivo de determinados casos mientras se priorizaba la finalización de otros.
Alba Tasies, abogada del despacho Aranda, Melgar y Tasies Advocats, impulsó la denuncia inicial. Su reclamación se centró en la demora de un procedimiento iniciado en 2022. El juicio oral tuvo lugar en noviembre de 2023, pero la sentencia no llegó hasta noviembre de 2025.
La carga de trabajo del juzgado superó los módulos oficiales de manera sostenida. Los datos oficiales reflejan un exceso del 191 % en 2022 y del 188 % en 2023. La situación se agravó en ejercicios posteriores, alcanzando un 197 % en 2024 y un 278 % en 2025.
El rendimiento individual del juez sancionado fue muy superior a la media. Alcanzó el 235 % en 2022 y el 192 % en 2023. En 2024 subió al 264 % y cerró el primer trimestre de 2025 con un 318 % de productividad respecto a lo establecido.
Tres vocales exigen una multa mayor
La comisión disciplinaria no actuó de forma unánime. Tres magistrados emitieron un voto particular para elevar la sanción a 2.000 euros por falta grave. Consideraron que el titular del juzgado fue plenamente consciente de que su gestión selectiva generaba demoras injustificadas.
"Puede resultar difícil comprender como, acreditando semejante rendimiento, puede acumular, durante años, la pendencia que consta acreditada, que ha dado lugar a quejas y denuncias por parte de la ciudadanía afectada" - Voto particular de tres magistrados de la comisión disciplinaria del CGPJ
La mayoría de la sala optó por la vía leve. Argumentaron que el exceso de actividad derivó en una mala organización. La resolución apunta a una gestión desacertada de la agenda de señalamientos que impidió resolver en tiempos razonables todo lo celebrado.
El texto indica que el celo excesivo arrastró al magistrado a esta situación. Si hubiera limitado los señalamientos a una dedicación del 120 %, nadie le reprocharía pasividad y habría podido resolver todos los procesos señalados.
El documento final concluye que la alta pendencia coexiste con un número elevado de asuntos resueltos. Esta contradicción evidencia que el juez acababa optando por finalizar el mayor número de asuntos posibles en detrimento de la agilidad global.
La multa de 500 euros queda firme tras desestimarse la propuesta de los tres vocales discrepantes. El magistrado deberá abonar la cantidad por la falta leve apreciada en su actuación dentro del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Tarragona.