El CGPJ aplica el artículo 5 del RGPD para recortar datos de menores en procesos judiciales

22 de abril de 2026 a las 16:55h
Actualizado: 22 de abril de 2026 a las 16:57h
El CGPJ aplica el artículo 5 del RGPD para recortar datos de menores en procesos judiciales
El CGPJ aplica el artículo 5 del RGPD para recortar datos de menores en procesos judiciales

El Consejo General del Poder Judicial ha activado una nueva pauta para reducir la presencia de datos personales de menores de edad en los procesos judiciales. La Comisión Permanente del órgano ha tomado conocimiento de una directriz elaborada por la Dirección de Supervisión y Control de Protección de Datos con ese objetivo.

La medida se ha preparado de forma conjunta entre el CGPJ y la Agencia Española de Protección de Datos. El propósito es limitar la circulación de información sensible de niños y adolescentes dentro de la tramitación judicial y en la entrega de documentación a terceros.

Una instrucción para reforzar la protección de los menores

La directriz parte del principio de minimización de datos previsto en el artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos. Con esta base, el CGPJ pretende ajustar qué información personal aparece en los documentos y qué contenido puede facilitarse cuando se pide acceso a actuaciones judiciales.

El foco está puesto en expedientes que pueden incluir extremos especialmente delicados para los menores. Entre ellos figuran la atribución de la patria potestad, los regímenes de guarda y custodia, las visitas o las órdenes de alejamiento, asuntos que pueden quedar reflejados en resoluciones y otros documentos incorporados al procedimiento.

Comunicación a jueces, letrados y Administración

La instrucción será trasladada a los miembros de la carrera judicial, a los letrados de la Administración de Justicia, al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al Comité Técnico Estatal de la Administración Electrónica. El paso busca extender un criterio común en la gestión y tratamiento de esta documentación.

La intención del órgano de gobierno de los jueces es evitar la entrega a terceros de documentos judiciales que puedan contener información sensible sobre menores. La directriz fija ese marco de actuación para reducir la exposición de datos personales en procedimientos especialmente sensibles.

Solicitudes por vía electrónica

Las peticiones de información al órgano judicial podrán presentarse por medios electrónicos. Esa solicitud podrá canalizarse a través de un procurador o directamente por los progenitores mediante formularios específicos, dentro del sistema previsto para este tipo de trámites.

Con esta pauta, el CGPJ da un paso más en la protección de la privacidad de los menores en sede judicial y ordena un criterio de actuación para quienes intervienen en la gestión diaria de los procedimientos.

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