Nueva deducción de hasta 340 euros para salarios de hasta 18.276 anuales

19 de marzo de 2026 a las 06:10h
Nueva deducción de hasta 340 euros para salarios de hasta 18.276 anuales
Nueva deducción de hasta 340 euros para salarios de hasta 18.276 anuales

La campaña de la renta 2025 incorpora una nueva deducción de hasta 340 euros para contribuyentes con rendimientos del trabajo iguales o inferiores a 18.276 euros y que no perciban otras rentas superiores a 6.500 euros. La medida está pensada para compensar el efecto de la subida del Salario Mínimo Interprofesional.

Nueva deducción para rentas del trabajo más bajas

Esta es una de las principales novedades del ejercicio. Podrán aplicarla quienes cumplan de forma simultánea los dos límites fijados, tanto en rendimientos del trabajo como en el resto de rentas. La cuantía máxima prevista es de 340 euros.

Junto a esta incorporación, se mantienen varias deducciones estatales ya conocidas. Sigue vigente la del 15% por la adquisición de vehículos eléctricos y también la del 15% por la instalación de puntos de recarga.

También continúan las deducciones por obras para mejorar la eficiencia energética, con porcentajes que oscilan entre el 40% y el 60%.

Hipoteca, alquiler y ahorro previsional

En el caso de viviendas habituales adquiridas antes de 2013, el contribuyente puede deducirse hasta 9.040 euros anuales por el pago de la hipoteca o del seguro del hogar.

Para los contratos de alquiler anteriores a 2015, se mantiene la posibilidad de deducir el 10,05% de las cantidades abonadas durante 2025, siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros.

En planes de pensiones individuales, el límite general de desgravación se mantiene en 1.500 euros al año.

También siguen en vigor las deducciones por donativos a entidades sin ánimo de lucro y por inversión en empresas de nueva creación.

Las deducciones autonómicas siguen sin cambios

En el tramo autonómico, las deducciones se mantienen sin modificaciones. En los supuestos de nacimiento, adopción o acogida, cada progenitor puede deducirse 150 euros. Si se trata de declaración conjunta o de familia monoparental, la cuantía asciende a 300 euros.

En el alquiler de la vivienda habitual, la deducción autonómica es del 10% de hasta 500 euros anuales en tributación individual. En tributación conjunta, alcanza el 10% de hasta 1.000 euros al año.

Para aplicar esta deducción por alquiler deben cumplirse determinados requisitos, entre ellos ser menor de 35 años, haber estado más de 183 días en paro o ser mayor de 65 años.

Por rehabilitación de la vivienda habitual, puede deducirse el 1,5% de las cantidades satisfechas durante el año, con una base máxima de 9.040 euros.

Además, existe una deducción autonómica del 15% por donativos a entidades que fomentan el catalán o el occitano.

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