145.500 euros por la muerte de un piloto en el circuito de Alcarràs

25 de abril de 2026 a las 12:27h
145.500 euros por la muerte de un piloto en el circuito de Alcarràs
145.500 euros por la muerte de un piloto en el circuito de Alcarràs

La Audiencia de Lleida ha condenado a la empresa explotadora del circuito de Alcarràs a pagar 145.500 euros de indemnización a la viuda y al hijo de un hombre de 44 años que murió tras sufrir un accidente durante una carrera de karts en 2016.

El siniestro se produjo el 28 de marzo de ese año en el circuito de Alcarràs, que estaba alquilado para tandas privadas. El conductor chocó contra un muro de hormigón después de que su vehículo sufriera un fallo en los frenos. La víctima fue trasladada al hospital y acabó falleciendo el 2 de abril.

La Audiencia rechaza el recurso de la empresa

La sección civil de la Audiencia rechazó a mediados de marzo el recurso de apelación presentado por la mercantil responsable de la instalación. De este modo, el tribunal mantiene su criterio sobre la responsabilidad por el accidente, aunque la resolución judicial todavía no es firme y puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.

La investigación de los Mossos d'Esquadra concluyó que hubo una mala praxis en el mantenimiento del kart, una circunstancia que provocó que las pastillas de freno salieran disparadas. Ese fallo mecánico dejó al conductor sin capacidad de frenado antes del impacto.

Responsabilidad compartida por el accidente

La Audiencia mantiene la concurrencia de culpas y fija un 55% de responsabilidad para la víctima y un 45% para la empresa. El tribunal atribuye responsabilidad a la explotadora del circuito al entender que el perímetro de la pista no contaba con barreras de seguridad capaces de reducir la gravedad del siniestro.

Ese punto resulta determinante en la resolución, ya que el choque se produjo contra un muro de hormigón en una zona donde no existían elementos de protección que amortiguaran el impacto.

El seguro personal no rebaja la indemnización

La sentencia también resuelve otra de las cuestiones discutidas en el procedimiento. La Audiencia considera que los 12.000 euros cobrados por la viuda a través de un seguro de accidentes personales no pueden descontarse de la indemnización fijada por responsabilidad civil.

Con este pronunciamiento, el tribunal confirma la obligación de indemnizar a la familia en la cuantía establecida, a la espera de si alguna de las partes decide llevar el caso al Supremo.

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